Guadalinfo te ayuda con la solicitud de ayudas para autónomos

Ya han sido publicadas las ayudas de 300 euros para la cuota de abril de autónomos afectados por la crisis del coronavirus

El Consejo de Gobiernos del 15 de abril ha aprobado hoy con carácter urgente una ayuda excepcional de 300 euros para los autónomos y trabajadores por cuenta propia para cubrir gastos a los que el colectivo sigue haciendo frente, como por ejemplo las cuotas de la Seguridad Social.

El trámite se solicita de forma telemática a través de la web de la Cosejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía

Desde el centro Guadalinfo te ayudamos a rellenar el formulario de solicitud para la solicitud de esta ayuda, para ello puedes ponerte en contacto con nosotros a través del teléfono 647964521 o por e-mail a guadalinfo.huescar@guadalinfo.es

¿Qué datos debes tener en cuenta a la hora de cumplimentar la solicitud?

* DNI-NIF
* domicilio fiscal
* empadronamiento en Andalucía
* alta en el régimen especial de la Seguridad Social o en su mutualidad alternativa
* declaración del IRPF de 2018
*número de cuenta bancaria para que pueda ser percibida la ayuda.

Tipo de ayuda

  • Abono de 300 euros a la persona beneficiaria en un único pago.
  • El límite para pedir la ayuda será de quince días después de declararse finalizado el estado de alarma
  • Concurrencia no competitiva, hasta agotar presupuesto (50 M€)

Beneficiarios

Aquellos autónomos y mutualistas que trabajen en servicios esenciales y que han visto mermada su actividad. Un total de 99 tipos de profesiones, entre las que se encuentran:

  • Sanitarios (odontólogos, fisioterapeutas, logopedas,…)
  • Centros o clínicas veterinarias
  • Ópticas y productos ortopédicos
  • Prensa y papelería
  • Tintorerías
  • Transporte de personas (taxis)
  • Sector artesanal (fabricación de papel, vidrio, productos de madera, hierro, instrumentos musicales, etc.)
  • Abogados
  • Procuradores
  • Intérpretes
  • Psicólogos
  • Profesionales del sector de la flor cortada
  • Fabricantes de quesos
  • Actividades de servicios sociales sin alojamiento para personas mayores y con discapacidad.
  • Fotografía
  • Textil y confección
  • Telecomunicaciones
  • Restaurantes y puestos de comida.

También se ha incluido como beneficiarios a los socios trabajadores de cooperativas de trabajo asociado que hayan optado por encuadrarse en el Régimen Especial de la Seguridad Social de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos.

Requisitos

  • Ser trabajador por cuenta propia o autónomo con domicilio fiscal en Andalucía,
  • Estar afiliado al RETA por Cuenta Propia o Autónomos, o en la mutualidad correspondiente
  • Aquellos autónomos que tengan en su declaración de la renta una base liquidable general y del ahorro que no supere tres veces el Salario Mínimo Interprofesional (unos 39.900 euros anuales)
  • NO haberse acogido a la prestación extraordinaria por cese de actividad de RDL de 29 de marzo.

Fuente: https://www.juntadeandalucia.es/organismos/empleoformacionytrabajoautonomo/areas/medidas-covid19/pymes-autonomos.html?fbclid=IwAR1Z9XnXYVx_okaF19XLfPGXJoMnN-Cytyno-2RDcK3KTpGVNmx8wvTrwOA